Están previstas para menores de 16 años y llegan hasta los 100 euros
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto por el cual se regulan estas ayudas, que acaban de entrar en vigor. La cuantía total de la subvención es de 47.775.000 euros y el plazo de ejecución de las acciones contempladas se establece hasta el ejercicio correspondiente en 2027. Así, para el año 2025 asigna una dotación de 1.000.000 de euros y, para 2026, de 46.775.000 euros.

El Real Decreto designa al Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas (CGCOO) como entidad colaboradora para la provisión de los sistemas de ayuda visual.
Las personas beneficiarias, o sus tutores legales, podrán acceder a la ayuda a través de entidades adheridas, principalmente ópticas, después de rellenar un formulario en el momento de formalizar la compraventa. Las entidades adheridas aplicarán el descuento de manera automática en el momento de la compra y gestionarán el reembolso por los productos dispensados junto con la entidad colaboradora, el CGCOO.
Los productos subvencionables son la montura básica de gafas con lentes graduadas orgánicas con antirreflector, las lentes graduadas orgánicas con antirreflectores, las lentillas de material hidrofílico o gas permeable y la solución líquida para lentillas, las dos últimas en una cantidad suficiente para poder usarlas durante un año.
El Real Decreto precisa que, en caso de que el coste total de las gafas o lentillas supero la cuantía máxima de 100 euros que otorga la ayuda, la persona beneficiaria tendrá que abonar la diferencia hasta el precio total. Cualquier que se beneficie podrá disponer de esta ayuda solo una vez durante el periodo de un año (365 días).

Además, la compraventa de los productos se tiene que hacer de manera física en el establecimiento de la entidad adherida. En ningún caso se subvencionará el gasto de los servicios ópticos u optométricos derivados de la adquisición de los sistemas de ayuda visual, como por ejemplo la graduación o el consejo personalizado.
El BOE indica también que la compra de gafas o lentillas se tiene que formalizar en el periodo comprendido entre la fecha de publicación del Real Decreto y el 31 de diciembre de 2026 o, en su caso, hasta que se agote el presupuesto disponible. El pago correspondiente a las operaciones hechas en el mes de diciembre se ejecutará durante el ejercicio de 2027.
Las ayudas se abonarán con cargo en el presupuesto de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.