Criterios para optar al centro educativo

La renta familiar, ser exalumno y solicitar la escuela como primera opción, entre los criterios para recibir el punto del centro

La Conselleria de Educación, Universidades y Empleo ha comunicado la instrucción para supervisar el proceso de admisión para el curso 2024-2025. El documento se ha dirigido en los centros docentes públicos y a los privados concertados que imparten enseñanza de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, así como los centros de educación especial en la Comunidad Valenciana.

Las familias podrán obtener un punto extraordinario en el proceso de admisión, que incluye tanto situaciones coincidentes con el Decreto 48/2024, aprobado recientemente por el pleno del Consejo, como otras que no coinciden. De entre los 22 criterios disponibles, los centros podrán elegir para la valoración un total de cuatro por los cuales podrán asignar al alumnado un punto, siempre que cumpla, al menos, uno de estos criterios.

Entre los criterios coincidentes figuran la existencia de hermanos o hermanas u otros niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o con fines de adopción que ya estén matriculados en el centro; la proximidad del domicilio donde resida el alumno o alumna o la distancia al puesto de trabajo de alguno de los padres, madres o tutores legales; la renta per cápita de la unidad familiar; la condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión; el hecho que los padres o tutores legales sean trabajadores del centro docente, o el hecho que un miembro de la familia tenga cierto grado de discapacidad.

Además, se recogen también los supuestos de condición legal de familia numerosa, el alumnado nacido de parte múltiple o la acreditación de familia monoparental, el hecho de solicitar plaza por primera vez en la Comunidad Valenciana y también tener que cambiar de localidad de residencia.

Así mismo, podrá valorarse para este punto específico la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza, la condición de deportista de élite —de alto nivel o de alto rendimiento— así como el personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunidad Valenciana. También contará en este apartado el expediente académico para la admisión al bachillerato.

Entre los criterios también se describen aspectos como la condición de antiguo alumno del centro para el cual pide plaza, ya sea el interesado, sus progenitores o bien alguno de los hermanos, niños o adolescentes integrantes de la familia de acogida o con fines de adopción.

Así mismo, se podrá valorar estar matriculado en el primer ciclo de educación infantil en un centro autorizado para impartir estas enseñanzas, incluso si el centro es de la misma titularidad, fundación, asociación o cooperativa. Además, puntúa que los padres o tutores del alumno realizan una actividad laboral o profesional remunerada.

En este apartado también se recoge que los padres o tutores legales se encuentran en situación de desocupación. También cuenta con que el alumno pertenezca a una familia no numerosa ni monoparental, pero que tenga un único hermano o hermana que haya solicitado el centro como primera opción o que se haya hecho la solicitud de admisión, conjunta y simultánea de hermanos en el mismo centro.

Finalmente, se podrá puntuar otra circunstancia específica determinada por el consejo escolar de los centros públicos o por la titularidad de los centros privados concertados. En este, caso los centros solo podrán plantear dos opciones.

Desde la Dirección General de Centros Docentes se ha elaborado un cuestionario para que los centros comunican la fecha de aprobación y la publicación de las circunstancias específicas por las cuales podrá asignarse un punto al alumnado y, en su caso, la documentación necesaria para acreditarlas.

Todas las circunstancias señaladas tendrán que ser convenientemente acreditadas durante el proceso de admisión, como el libro de familia, certificados de empadronamiento, contratos de trabajo o diferentes tipos de certificados. La Inspección Educativa será la responsable de la supervisión de oficio en todos los centros.