LABORA dará subvenciones a quien contrate

Irán dirigidas a las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas

La concejalía de Empleo ha dado a conocer que el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana publicó el pasado martes, 18 de febrero, la convocatoria de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación del Programa de fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Esta subvenciones van dirigidas a las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contraten mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables

Primero. Beneficiarios y condiciones

Podrá ser beneficiaria de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana, que contrate, con posterioridad a la publicación de este extracto y mediante un contrato indefinido inicial a jornada completa, a las personas desempleadas pertenecientes a los colectivos relacionados en el resuelvo cuarto de la Resolución.

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de determinados colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Tercero. Bases reguladoras

Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento de empleo para la contratación de personas pertenecientes a colectivos vulnerables, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 16 de julio de 2018.

Cuarto. Cuantía

1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 12.000.000 de euros.

2. El importe de la subvención será el resultado de multiplicar el 90% del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación por el número mínimo de meses de mantenimiento de su contrato. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con diversidad funcional, el importe establecido se elevará al 95%. Si concurre la de víctima de violencia sobre la mujer o la de persona con diversidad funcional severa, el importe se elevará al 100%.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 31 de octubre de 2020. Con carácter adicional a este plazo general, las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la subvención.