La restricción de circulación en carreteras de zonas afectadas seguirá hasta el jueves 14

Las poblaciones con la movilidad restringida son Aldaia, Alaquàs, Sedaví, Paiporta, Picanya, Alfafar, Massanassa, Catarroja, Albal y Beniparrell

El Cecopi ha acordado prorrogar el decreto que regula la restricción de movilidad en las zonas afectadas por la DANA hasta el próximo jueves a las 23:59 horas para facilitar las tareas a los servicios de emergencias.

El decreto restringe la circulación de vehículos particulares a las vías de acceso a los municipios más afectados por la DANA en la provincia de València ya que ahora mismo es prioritaria la circulación de la maquinaria pesada.

En concreto los pueblos donde se continuará restringiendo la movilidad son: Aldaia, Alaquàs, Sedaví, Paiporta, Picanya, Alfafar, Massanassa, Catarroja, Albal y Beniparrell.

Y las vías afectadas, son las siguientes:

V-31: cerrada completamente, excepto la entrada y salida de València
V-30: cerrada desde el km 0 (el Puerto) hasta el km 9 (que es el acceso al A-3) en ambos sentidos, excepto la entrada en la ciudad de València
CV-33: cerrada entre Albal y Torrent
CV-36: cerrada entre València y el bypass
CV-366: cerrada en el acceso sur de Torrent
CV-400: cerrada entre València y Albal
CV-403: cerrada entre Xirivella y Torrent
CV-407: cerrada entre Picanya y Sedaví
CV-410: cerrada entre Alaquàs y el centro comercial Bonaire

¿Cuáles son las excepciones?

En el periodo indicado se restringe el movimiento a cualquier vehículo que no forme parte del dispositivo de emergencias, excepto para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por algunos de los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • Asistencia y cura a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Actuaciones requeridas o urgentes a los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad debidamente acreditada.