Desde ayer esta en marcha la campaña especial de control de alcohol y drogas en la carretera
Como viene siendo habitual en los últimos años por estas fechas, la Dirección General de Tráfico pone en marcha una campaña de concienciación sobre el riesgo que supone el consumo de sustancias psicoactivas y la conducción, en una época del año en el que el consumo de alcohol y de otras drogas aumenta debido a las comidas y cenas navideñas.

Desde ayer lunes y hasta el domingo 16 de diciembre, los agentes de la Policía Local de Cheste intensificarán los controles sobre este factor de riesgo causante de casi un tercio de los accidentes mortales. “El objetivo de este tipo de campañas es concienciar a los ciudadanos que no sólo el alcohol es incompatible con la conducción, sino que otras drogas como el cannabis, la cocaína, anfetaminas, opiáceos…son sustancias psicoactivas que tienen efectos, en muchos casos letales, cuando después se conduce”, afirman desde la DGT.

La realización de estos controles preventivos en carretera es junto con la educación vial, uno de los instrumentos más eficaces para disuadir al conductor de ponerse al volante si ha consumido cualquier sustancia psicoactiva. Durante los siete días se establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras y a cualquier hora del día, donde se realizarán pruebas diarias de alcoholemia y drogas a los conductores que circulen por ellas. Se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
En 2017, el 26% de los conductores fallecidos (ámbito DGT) y analizados por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses así como por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Murcia y Galicia, dio resultados positivos en las prueba de alcohol, y de ellos, el 74% presentaba una tasa superior a tres veces la tasa máxima permitida.
MUY CASTIGADO POR LA LEY:A la hora de conducir, la presencia de alcohol y otras drogas en el organismo está muy castigada por la Ley.
Vía administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES | LÍMITE EN SANGRE | LÍMITE EN AIRE ESPIRADO |
(1) GENERAL | 0’5 gr./l | 0’25 mg/l |
(2) PROFESIONALES | 0’3 gr./l | 0’15 mg/l |
(3) NOVELES | 0’3 gr./l | 0’15 mg/l |

Sanciones
La Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Esta misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
TASA | SANCIÓN | |
ALCOHOL | Más de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l | 500 euros y 4 puntos |
Más de 0,50 mg/l | 1.000 eur y 6 puntos | |
Reincidentes | 1.000 euros y 4 o 6 puntos (dependiendo de la tasa dada) |
En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
PRESENCIA DE DROGAS | 1.000 euros y 6 puntos |
