Comienza el periodo de quemas agrícolas

Desde este próximo jueves 17 de octubre se podrán quemar en terrenos agrícolas


La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha informado que a partir de este jueves 17 de octubre se levante el veto sobre el periodo de restricción de quemas agrícolas, que se venia aplicando desde el 1 de junio hasta el 16 de octubre, ambos inclusive; en cumplimiento de la normativa general de Prevención de Incendios Forestales (resolución del 12 de mayo de 2017).

¿Qué se entiende por quemas agrícolas?

La quema de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañares, carrizales o matorrales. 

¿En qué lugares están restringidas las quemas agrícolas?

En los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros al terreno forestal.

Excepciones:

Los municipios que cuenten con planes locales de quema con regulación especial* podrán realizar las quemas siempre que se ajustena los requisitos establecidos para la citada regulación especial y cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestalessea 1 y hasta las 13:30 h, como máximo.

*Municipios con Planes locales de quema aprobados en los que se permiten las quemas agrícolas en los meses de julio, agosto y septiembre, con las condiciones establecidas en cada plan y hasta las 13:30 h, cómo máximo.