Primeras multas en Cheste por incumplir las normas

54 apercibimientos y 4 multas de 600 euros en Cheste por incumplir el Decreto de Estado de Alarma

Quédate en casa

En las últimas 48 horas, efectivos Guardia Civil y de la Policía Local de Cheste han realizado un total de 54 apercibimientos y 4 multas de 600 euros a vecinos y vecinas de la localidad, por incumplir la limitación de la libertad de circulación de personas en la vía pública y por reunirse en grupo, sin atender a las disposiciones del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Además, se ha apercibido a un comercio local por incumplir la normativa de seguridad e higiene de prevención de contagios. Por ello, las autoridades recuerdan la importancia de cumplir al máximo las medidas de seguridad en los establecimientos abiertos al público e informan de que se ha puesto en marcha una campaña de revisión de los comercios de la población para comprobar que cumplen las medidas sanitarias.

Igualmente se hace un llamamiento a todos los vecinos y vecinas para que colaboren quedándose en sus casas y se recuerda el cumplimiento del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, referente a la limitación de circulación de las personas.

(Art, 7) Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. 

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

d) Retorno al lugar de residencia habitual.

e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.

En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.