Se convocan las becas del área de Cultura del curso 2022-23

El plazo comenzará el 29 de agosto y permanecerá abierto hasta el 9 de septiembre

La concejalía de Cultura informa de que el plazo para solicitar las becas de colaboración en las actividades generales del área de Cultura para el curso 2022-2023 comenzará el próximo 29 de agosto y permanecerá abierto hasta el 9 de septiembre de 2022.

Se convocan 6 becas con una dotación de 1.155 euros brutos cada una y un máximo de 210 horas a realizar. Podrán optar a estas becas las personas que estén matriculadas como alumnos o alumnas oficiales durante el curso 2022-23 en estudios universitarios, en su primera titulación universitaria (admitiendo en su caso segundos ciclos o Másteres Oficiales que complementen dichos estudios) y Bachillerato. 
Además de esto, tendrán que reunir los siguientes requisitos:

 – Haber aprobado el curso anterior.

– Tener cumplidos los 18 años.

 – Disponibilidad horaria los fines de semana para colaborar en las actividades culturales y entre semana para prestar apoyo en tareas como preparación de exposiciones, colgado de carteles, soporte en la biblioteca, etc.

– No desempeñar actualmente trabajo remunerado alguno, ni percibir ingresos por desempleo.- No haber sido beneficiario de estas becas en dos ocasiones.

Documentación

Los y las aspirantes a la beca solicitarán las mismas mediante instancia dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, por registro de entrada del Ayuntamiento y se acompañará de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del DNI o pasaporte.

2. Documento acreditativo o fotocopia compulsada de matrícula académica en el curso 2022-23 y horarios del curso.

3. Certificado de expediente: resultados académicos de los estudios realizados en el curso anterior.

4. Fotocopia compulsada de los cursos realizados por la persona interesada (imprescindible que estén especificados por horas).

5. Fotocopia compulsada de la declaración de la Renta de 2020 de todos los miembros de la unidad familiar donde esté incluida la persona solicitante, o certificado de Hacienda de no haber realizado la declaración de la Renta por no haber llegado al mínimo establecido.

6. Certificado negativo de alta en la Seguridad Social.

7. Certificado negativo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) de percepción de prestaciones.

8. Compromiso de disponibilidad horaria contemplado en le Anexo II de las bases.

Las bases completas se pueden consultar en la web municipal cheste.es.